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domingo, 11 de diciembre de 2011

La discriminación positiva en la Ley contra la violencia de género en España

Datos mujeres muertas por violencia de género 2003-2011Fuente: Ministerio de Sanidad, Política social e Igualdad.

La conocida como Ley contra la Violencia de Género tiene precedentes en la Constitución Española (CE) de 1978, que recoge la Igualdad real y efectiva, así como la plena participación de toda la ciudadanía en la vida política, económica, cultural y social (artículo 9.2), y la Igualdad de sexos (artículo 14). Sin embargo, no es hasta 1998 cuando se lleva a cabo el I Plan de Acción contra la Violencia de Género en el ámbito doméstico. Y en el año 2001 se aprueba el II Plan Integral contra la Violencia Doméstica.

Estos dos planes suponen el inicio de las reformas legislativas en materia de Violencia de Género, que modifican el Código Penal de 1995 y la Ley de Enjuiciamiento Criminal, y que, de momento, tienen su último exponente en la aprobación de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. (Para más información sobre los precedentes se puede consultar el Preámbulo de la Ley 5/2005, de 20 de diciembre, Integral contra la Violencia de Género de la Comunidad de Madrid).

La Ley contra la Violencia de Género no ha estado exenta de polémica desde su aprobación. Desde el principio distintos colectivos expusieron sus razones para estar a favor u oponerse al texto legislativo, como Mujeres para la Democracia y la Federación Nacional de Mujeres Progresistas, respectivamente. Entre los temas más controvertidos se encuentra la llamada discriminación positiva.

La discriminación positiva en el caso de esta ley se aplica en el ámbito penal, lo cual supone el principal punto de controversia. En este caso, en base a unos datos estadísticos del año 2003 según los cuáles el 90,2% del total de víctimas de la Violencia de Género fueron mujeres, la Ley cree necesario considerar como delitos las coacciones y amenazas únicamente cuando el autor sea un hombre y la víctima una mujer, siendo faltas en el resto de los casos.

Según una determinada lectura del artículo 14 de la CE ("Todos los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda existir discriminación alguna por razón de nacimiento, sexo...") y del artículo 9.2 de la CE ("Los poderes públicos promoverán las condicones necesarias, para que la igualdad y libertad de los ciudadanos y de los grupos en que se integran sean reales y efectivas, removiendo los obstáculos que las impidan o dificulten..."), se puede considerar como constitucional la aplicación de discriminación positiva. El problema surge, desde el punto de vista de ciertos colectivos, cuando la ley no restablece el equilibrio mediante la discriminación positiva, sino que realiza una discriminación negativa hacia los hombres. De esta manera, quienes no están de acuerdo con la discriminación positiva de la mujer en el caso de esta ley alegan que no es lícito ignorar al 10% restante de hombres y negarles los derechos económicos, sociales, laborales, funcionariales, reconocidos por la Ley a las mujeres víctimas de la violencia de género; ni que los actos de violencia ejercidos sobre este grupo minoritario del 10% no sean considerados como delitos, sino como simples faltas.

Respecto a este tema, en el informe sobre el anteproyecto de la Ley contra la Violencia de Género que elaboró el Consejo General del Poder Judicial se indicaba que: "Las acciones positivas son una exigencia del derecho de igualdad de trato y se caracterizarían, en lo que ahora interesa, por ser ventajas concedidas a las mujeres, que no deben implicar perjuicios paralelos para los hombre, y que no deberían constituir excepción de la igualdad, sino, precisamente, su reflejo. Por contra la discriminación positiva excepcionaría la igualdad de trato y por tanto podría ser ilegítima si tiene como contrapartida el perjuicio a quienes pertenecen a otro grupo, en este caso los hombres".

Por último, durante los siete años de aplicación de la Ley los datos sobre el número de víctimas no han reflejado el descenso que se esperaba, llegando a aumentar las cifras en el año 2008 hasta las 76 mujeres muertas. Este hecho ha dado lugar a distintos análisis que consideran que la Ley no ha sido efectiva.

domingo, 4 de diciembre de 2011

Campañas publicitarias contra la violencia de género

Al igual que las campañas de la Dirección General de Tráfico, las campañas publicitarias en contra de la violencia de género suponen una importante forma de sensibilización de la sociedad. Gracias a estas propuestas, la violencia contra las mujeres ha dejado de ser un tema tabú perteneciente a un ámbito privado para ser un tema que concierne a toda la sociedad.

El mensaje de las campañas ha evolucionado desde la necesidad del rechazo activo del maltratador por parte del resto de la sociedad, como en la campaña del año 2008 "Contra el maltratador, tolerancia cero", hasta la prevención de la situaciones del maltrato, como en la última campaña de este año "No te saltes las señales, elige vivir".

La oposición al maltrato debe producirse desde todos los colectivos, no sólo por parte de las mujeres maltratadas, por ello algunas campañas han buscado la complicidad de:


-Familia, policía, servicios sociales: "Cerrar la puerta al maltrato también es tu responsabilidad"

-Personajes conocidos, como actores, cantantes, etc.: "Saca tarjeta roja al matratador"

Este último movimiento va más allá de la campaña publicitaria, ya que permite a cualquier persona interesada en mostrar su rechazo al maltrato descargar una tarjeta roja y subir una foto en la que salga mostrándola.

Las últimas campañas de prevención dan las claves para identificar las primeras señales del maltrato, que pasan por las amenazas, la humillación y la anulación de la víctima. El lenguaje también juega un papel fundamental, como se puede ver en una serie de carteles bajo el lema "Aunque no lo parezca, las palabras también son malos tratos".

sábado, 3 de diciembre de 2011

El arte como denuncia

El arte siempre ha sido una herramienta para manifestar las inquietudes humanas y también se ha utilizado como forma de denuncia social. Algunas veces la forma de expresión es de una manera simbólica, otras lo hacen de manera directa y explícita. El autor en cada obra ha querido transmitir una idea, pensamiento o sentimiento, pero en realidad la obra creada se hace completa cuando una persona la recibe y la observa. El contenido que llega al espectador viene dado por la forma en que ha creado el artista su obra y en ese traspaso de ideas es donde el arte consigue todo su pontencial.
La fotografía y el video se han convertido en la actualidad en unas grandes plataformas de denuncia, por sus posibilidades de inmediatez y por su apariencia objetiva y veraz.En esta ocasión hemos escogido el cine, la fotografía y la literatura como expresión artística para hablar sobre la violencia de género.


Cinematrografía. Largometrajes.



 El cine es un medio con un gran potencial a la hora de transmitir ideas como nos lo ha demostrado a lo largo de su historia, y la lucha por la igualdad de género también se ha unido al uso de esta importante ventana de difusión, para transmitir un mensaje de de respeto y tolerancia. Pero el cine como espejo de la sociedad también nos muestra la imagen que se tiene de la mujer, unas veces creada y otras reflejadas, pero siempre el rol femenino ha estado situado en un papel de madre o sólo se encuentra en aquellas tramas que traten sobre el amor y el sexo. Mientras que el rol masculino es aquel que vive las aventuras y es el que sufre las grandes transformaciones de la vida. Por lo tanto a pesar de que se realicen películas contra la violencia de género, necesarias para la concienciación de la sociedad, el gran cambio con el que nos enfrentamos es el del papel femenino en el relato cinematográfico y en la sociedad.
Por otro lado muchas son las películas que tratan el tema de la violencia de género, pero no hay que olvidar que el cine es un arte por lo tanto además de ser un instrumento eficaz de concienciación y sensibilización, también es otra forma artística de la que hay que valorar la técnica utilizada. Aquí os dejamos una selección de las películas más recomendadas que tratan sobre el maltrato y la violencia machista.



'Te doy mis ojos'
DIRECCIÓN: Iciar Bollaín
PAÍS: España
AÑO: 2003
REPARTO: Laia Marull, Luis Tosar, Candela Peña, Rosa María Sardà, Kity Manver, Sergi Calleja, Dave Mooney, Nicolás Fernández Luna, Elisabet Gelabert, Chus Gutiérrez, Elena Irureta.
SINOPSIS: Pilar sale huyendo de su casa con cuatro cosas y su hijo. Tras nueve años de matrimonio, huye del maltrato al que la somete su marido, Antonio. Él no tarda en salir a buscarla, pues, según él, la quiere más que a nada en el mundo. La película ahonda en las relaciones de la pareja y su entorno familiar y laboral, marcadas por el drama de la violencia contra las mujeres. [Trailer]



'Nunca más'
DIRECCIÓN:Michael Apted
PAÍS: Estados Unidos
AÑO: 2002
DURACIÓN: 114 min.
REPARTO: Jennifer López, Bill Campbell, Juliette Lewis, Tessa Allen, Dan Futterman
SINOPSIS: Slim cree haber dado en la diana. Se casa con un rico contratista, que a primera vista parece el tipo ideal. Sin embargo, lo que parece un sueño se rompe el día en que Slim intercepta la llamada de una amante, y encima, al recriminarle, el marido le pega. La sufrida Slim huye de casa con su pequeña hija, pero él la persigue por todo el país. 
[Trailer]


DIRECCIÓN: Abdel Kechiche
PAÍS: Francia
AÑO: 2003
DURACIÓN: 117 min. 
REPARTO: Osman Elkharraz, Sara Forestier, Sabrina Ouazani, Hajar Hamlili, Rachid Hami, Nanou Benahmou, Carole Franck
SINOPSIS: 
Situada en el universo vital de un suburbio de París, en una urbanización de viviendas de protección oficial, la cámara de Abdel Kechiche se introduce -y llega a ser uno más- entre un grupo de chicos a los que acompaña por las batallas típicas de la edad. Abdel Kechiche ha querido ofrecer una nueva y fresca mirada de los suburbios franceses hablando de amor y teatro en la vida de un grupo de adolescentes. [Trailer]


DIRECCIÓN: Steven Spielberg
PAÍS: Estados Unidos
AÑO: 1985
DURACIÓN: 147 min.
REPARTO: Danny Glover, Whoopi Goldberg, Adolph Caesar, Akosua Busia, Laurence Fishburne, Oprah Winfrey, Rae Dawn Chong, Margaret Avery

SINOPSIS: La historia se centra en la vida de Celie, una joven muchacha negra, a principios del siglo XX. Celie tiene 14 años y está embarazada de su propio padre. El padre de Celie la vende a un hombre que la maltrata fisica como psicologicamente y la tiene esclavizada durante la mayor parte de su vida. [Trailer]

jueves, 1 de diciembre de 2011

Literatura y violencia de género



En los últimos años se ha producido un cambio en la actitud de la sociedad europea frente a la violencia de género. Inevitablemente este cambio se ha visto reflejado en el imaginario colectivo, es decir, en la literatura, el cine, los espectáculos... Debido a la larga tradición literaria de Europa, tanto escrita como oral, es en este ámbito donde mejor se percibe la evolución del pensamiento respecto al problema social que constituye la violencia contra las mujeres.

En los textos de la Edad Media el tratamiento que los documentos hacen de la violencia de género no puede compararse con el de hoy en día. Cualquier acción "ofensiva" que las mujeres realizaran contra sus maridos debía ser castigada. El planteamiento es sencillo y responde a la mentalidad dominante en aquella época.

Un buen ejemplo en España sería el conocido Cantar del Mío Cid con la violencia de los infantes de Carrión sobre sus esposas, las hijas del Cid. Los infantes desnudan, apalean y abandonan a las mujeres en el monte, todo ello porque se han sentido humillados por los hombres del Cid.

En este caso el maltrato es presentado como un acto malvado, ya que afecta al héroe del cantar, el Cid. Además, debe enmarcarse en la sociedad patriarcal en la que se desarrollan los hechos: las hijas han sido casadas por decisión del padre y es él quien debe asumir la venganza contra los maridos. La humillación de las hijas se presenta como la humillación del Cid y el daño sufrido por ellas no es lo más importante.

Existen otros ejemplos en los que el ofendido es el marido, principalmente debido a alguna infidelidad de la esposa, de manera que la venganza violenta es una consecuencia lógica y está justificada. Por ejemplo, en el romance de Bernal Francés, del que existen numerosas versiones, el marido descubre la infidelidad de la esposa y la asesina (uxoricidio) como castigo merecido. Puede enmarcarse en lo que durante siglos se ha conocido como crimen de honor y que se siguen produciendo bajo la misma forma en numerosos países de Oriente Medio.

Actualmente, se realizan estudios y conferencias sobre la violencia de género en la literatura. Además, la literatura se ha convertido en un importante vehículo para la denuncia de la violencia sobre las mujeres. Se publican gran cantidad de libros que cuentan la historia de mujeres maltratadas que consiguen escapar del horror y sirven de reflejo para aquellas que se ven en una situación parecida. Se trata por tanto de denunciar y de animar a las esposas, madres e hijas que sufren la violencia a poner fin a su situación.

Existen muchísimos títulos, pero el libro cobra especial interés cuando se trata de historias reales, como es el caso de 5x2=9. En este libro las escritoras españolas Ángeles Caso, Espido Freire, Rosa Regas, Eugenia Rico y Lourdes Ventura ponen voz a diez víctimas de la violencia de género, una de ellas a través de su hijo, ya que ella no sobrevivió (de ahí el título del libro).